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Por medio de la presente reciba un cordial saludo y al mismo tiempo en atención a la relación comercial que tenemos nos permitimos hacerle las siguientes recomendaciones en el manejo del recurso FORTASEG 2019, esto derivado de la experiencia que se ha obtenido al trabajar dicho recurso en algunos de los municipios beneficiados, todo motivado y fundamentado en los lineamientos respectivos y en las Leyes y Reglamentos Federales que lo regulan.

RECOMENDACIONES EN LA OPERACIÓN DEL RECURSO FORTASEG 2019

1. Dicho recurso sólo podrá ser destinado a la ejecución de la Seguridad Pública.

2. Los recursos federales del FORTASEG no son regularizables, son parcialmente concursables y no pierden su carácter federal.

3. El Municipio beneficiario deberá aportar en una sola exhibición una coparticipación del 20% del monto asignado dentro de los 20 días hábiles siguientes contados a partir de que se reciba la primera ministración.

4. El Municipio podrá utilizar un máximo de $48,000.00 (Cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.) para gastos de operación.

5. Los Municipios recibirán una primera ministración en proporción al 70%, el 30% restante estará condicionada al cumplimiento de las metas establecidas al 28 de junio de 2019 y se podrá solicitar a más tardar el 12 de julio de 2019.

6. Los rendimientos financieros generados en las cuentas productivas bancarias, tendrán que ser autorizados por el Secretariado Ejecutivo para que se puedan ejercer.

7. Si se cumple adecuadamente con lo estipulado en los lineamientos, además de haber recibido el 100% de los recursos de la segunda ministración, se podrá acceder a la bolsa concursable (el monto estipulado se dará a conocer a más tardar el 20 de septiembre de 2019).

8. Las solicitudes de adecuaciones a las metas y montos del FORTASEG 2019, serán presentadas en el Secretariado a partir del mes de agosto hasta noviembre de 2019, dicha solicitud tendrá que ser ingresada durante los 5 primeros días hábiles de cada mes.

9. El Municipio deberá entregar el acta de cierre con firmas autógrafas de las autoridades a más tardar el último día hábil de enero de 2020 en el Secretariado.

10. Cuando los recursos de FORTASEG no se encuentren comprometidos o devengados al 31 de diciembre de 2019, deberá reintegrarse con sus respectivos rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.

11. Sera motivo de incumplimiento:

11.1. No destinar los recursos asignados a lo previsto en el convenio y su anexo técnico.

11.2. No depositar la coparticipación.

11.3. No acepta revisiones por la autoridad competente.

11.4. No atender requerimientos de la autoridad competente.

12. Se deberán registrar los avances físico-financieros mensuales y trimestrales ante el Secretariado.

13. Cancelar la documentación comprobatoria original del gasto con la leyenda ¨OPERADO FORTASEG 2019¨.

14. Acreditar la propiedad de los predios en caso de haber concertado infraestructura.

15. Obtener de las áreas técnicas del Secretariado, los dictámenes, las observaciones y opiniones técnicas. Las solicitudes de validación de cursos de capacitación deberán presentarse a más tardar el 15 de octubre de 2019, si se presentan después de esta fecha serán desechadas. Los cursos que se realicen sin contar con dicha validación, no computarán en la acreditación de dicha meta.

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